Según lo estipulado en el Decreto 499/2019, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normativa de aplicación, los límites de permanencia para los diferentes niveles de las Escuelas Oficiales de Idiomas son los siguientes:
De acuerdo con la Instrucción de 23 de abril de 2020. de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativa a las medidas
educativas a adoptar en el tercer trimestre del curso 2019/
Se recuerda que, desde el presente curso académico donde se aplica el nuevo currículo de las enseñanzas de idiomas citado anteriormente, el cómputo de cursos académicos cursados para un nivel empieza a contabilizarse de nuevo, siendo el actual curso académico el primer curso.
Por lo tanto corresponderá solicitar la ampliación del límite de permanencia (“convocatoria de gracia”) tras la evaluación final y cuando el alumnado afectado ya no disponga de más convocatorias para seguir promocionando, en base a las convocatorias aquí reseñadas (Decreto 499/2019, de 26 de junio).